Los alumnos morosos de los colegios privados del Perú podrían ser separados de dichas instituciones educativas, si es que su deuda es por dos meses consecutivos o tres meses discontinuos. Esto se plantea en el dictamen aprobado por unanimidad por la Comisión de Educación el pasado 3 de junio, que modifica la Ley de Centros Educativos Privados.
Prohibiciones. El documento aprobado y que deberá ser debatido en el pleno del Congreso, también busca prohibir que los colegios privados cobren pensiones adelantadas, salvo en el caso en que estos pagos sustituyan a la cuota de ingreso o la matrícula, a elección del usuario.
Asimismo, se prohibiría el condicionamiento de la inscripción, matrícula y la permanencia en la institución educativa al pago de contribuciones denominadas voluntarias.
Otra modificación a la norma es que los colegios privados no pueden exigir la compra de uniformes, materiales educativos en establecimientos señalados con exclusividad por la institución educativa.
También se busca prohibir la exigencia de presentar, el primer día de clases, el íntegro de los materiales educativos requeridos por la institución educativa privada. Estos materiales deberán entregarse de manera progresiva.