Este 20 de agosto se realizó la audiencia en la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial, para votar si va o no el enfoque de género en el Currículo Nacional de Educación Básica, tras las apelaciones interpuestas por el colectivo Padres En Acción (PEA) y el Ministerio de Educación (Minedu).
El vocal dirimente, Pedro Cartolín Pastor, tras las exposiciones de ambas partes, dejó al voto su posición sobre el caso, y tiene un plazo máximo de 30 días para adherirse a la postura de alguno de los cinco magistrados de la sala, quienes ya se pronunciaron el pasado 15 de agosto. Se convocará a otro vocal dirimente (el número siete) y se programará una nueva audiencia.
Ellos votaron de la siguiente forma (según nota del diario El Comercio):
– Vicente Walde Jáuregui y Samuel Sánchez Melgarejo (2 votos), a favor de que se declare fundada en parte la demanda del colectivo PEA, debido a que “imponer una connotación diferente [al concepto de lo ‘masculino’ y ‘femenino’ en el enfoque de igualdad de género] sin la aceptación de los padres, conlleva a una contravención de la Ley General de Educación”.
– Julio Wong Abad y Ramiro Bustamante Zegarra (2 votos), a favor de que se declare infundada la demanda del colectivo PEA, debido a que el enfoque de género del currículo escolar “no contiene ninguna expresión que pueda considerarse inexacta o contraria a la Constitución y que no puede calificarse de inconstitucional por inculcar a los estudiantes el respeto por las diferentes formas de expresión de la sexualidad”.
– Silvia Rueda Fernández (1 voto) emitió una sentencia interpretativa sobre el caso. Planteó que se declare infundada la demanda del colectivo PEA en cuanto se interprete lo que establece el enfoque de igualdad de género como “El sexo biológico masculino y/o femenino se determina al nacer, y la identidad de género es la que se construye, pudiendo coincidir o no con el sexo biológico”.
En la sesión, el abogado del colectivo PEA, Justo Balmaceda, sostuvo que los padres de familia perplejos se acercan para decir que la constitución está escrita de una manera, igual que la Ley General de Educación, y que el Código del Niño y el Adolescente, donde se indica que deben ser consultados en los procesos de las políticas públicas, y que para el tema del Currículo no ha pasado esto: “solicitamos al vocal declare fundado este pedido y se sume a los dos votos de sus compañeros magistrados”, finalizó la primera parte de su intervención.
Por su parte, el abogado de la Procuraduría del Minedu, Luis Huerta Guerrero, sostuvo que hace una defensa de la inclusión del enfoque de género en el Currículo Nacional de Educación Básica. Dijo que “la sala de derecho constitucional y social permanente de la Corte Suprema se ha pronunciado sobre la demanda, que partía de que se consideren nulas las 300 páginas del currículo y eso no ha ocurrido, ni en primera instancia ni en los votos de la Suprema; nos han dado la razón”.
También Huerta sostuvo que “La parte demandante alegaba que el currículo era inconstitucional, pero nadie ha aprobado eso, ninguno de los cinco votos le ha dado razón en ese tema. De los cinco magistrados, tres se pronunciaron por revocar la sentencia en primera instancia y declarar infundada la demanda aunque cada uno tenga sus particularidades en la argumentación, lo cual ha dado lugar a una sentencia interpretativa. Y los dos magistrados que buscan confirmar la sentencia de primera instancia”.
Huerta le pidió al vocal que suscriba uno de los votos ya emitidos y que ponga fin a esta apelación, ya que hay urgencia: “hay una medida cautelar que impide al Minedu imprimir los libros. Hoy en dia la educación está paralizada por el poder judicial, esperamos no tener que ser convocados a otras audiencias, ya que contamos con los argumentos ya expuestos, de manera particular solicitamos poner la atención a estos votos, porque se debe dejar en claro que el análisis de esta controversia sobre la inclusión tiene que tener la perspectiva constitucional, de los derechos humanos, que obligan a los estados a tomar medidas contra la discriminación”.
El procurador Huerta indicó que “la primera sala ha confundido el enfoque de género y ha asumido el concepto de la parte demandante. La incorporación de una política que promueve la igualdad de oportunidades no puede ser objeto de veto de algún grupo, que se opone a algo que surge de la constitución, de tratados internacionales, del Tribunal Constitucional. Las políticas sustentadas en la constitución no pueden someterse a consulta. Nadie tiene derecho a promover la discriminación, a que se sigan perpetuando los estereotipos. sin embargo ratifican la sentencia en primera instancia, diciendo que es ilegal, que no se sometió a consulta”. “Los derechos humanos de las personas no pueden estar sujetos a la opinión de la mayoría. No puede ponerse a consulta de los padres”, finalizó.
En su réplica, el abogado del colectivo PEA, Justo Balmaceda, dijo que tres votos argumentan de manera distinta que se debe consultar este tema del curriículo, ya que se menciona que las normas deben ser participativas de la sociedad civil, y que lo avala el Proyecto Educativo Naciobal (PEN), donde se señala que el currículo se construye participativamente igual que el Art. 34 de la Ley General de Educación, donde se señala que el proceso es participativo y eso no ha ocurrido.
Balmaceda sostuvo que los padres de familia “no quieren que se le consulten si 2 + 2 es 4 sino sobre los temas que tenga que ver con lo cultural, ya que hay el derecho de elegir qué temas culturales se enseña o no a los hijos. No queremos intervenir en la ciencia y si vas a agregar un factor cultura sí me consultas”, dijo. Agrego que “ningún padre de familia quiere que a su hijavla violen, la maltraten, el problema es si estamos hablando de la mujero no, y si estamos hablando de una cultura de la sexualidad que no es biológica, y como esto es transversal, no van a dejar elegir el colegio porque estarán imponiendo a todos este enfoque”.
Durante la audiencia, el abogado del colectivo PEA, Justo Balmaceda, solicitó a Cartolín Pastor que vote en la misma línea que los magistrados Walde Jáuregui y Sánchez Melgarejo, ya que −según argumentó− el currículo escolar no fue consensuado con los padres de familia pese a que contiene nuevas nociones sobre la sexualidad.
Por su parte, el procurador Luis Huerta Guerrero, quien defiende los intereses del Ejecutivo y del Minedu, pidió a Cartolín Pastor que aplique celeridad al emitir su voto, ya que el Poder Judicial ha paralizado la implementación del currículo escolar y la impresión del material educativo a raíz de este proceso.
En declaraciones a Wayka.pe, el abogado Balmaceda, tras ser consultado sobre las vinculaciones de los integrantes de su organización con grupos conservadores de la iglesia católica como el Opus Dei y el Arzobispado de Lima, negó que existieran influencias o conflicto de intereses. El abogado aseguró que proclamaban la libertad y eran libres de trabajar en espacios vinculados a las jerarquía eclesiásticas.
Foto: El Comercio. Con información del Poder Judicial, El Comercio y Wayka.pe