Reproducimos un informe publicado el sábado en El Comercio, que da cuenta de la progresión de las acciones en el tema del Enfoque de Género en el Currículo Nacional de Educación Básica, y que nos brinda una cronología hasta la medida cautelar dada por la Corte Suprema que impide su aplicación.
Por Fernando Alayo Orbegozo
La historia comienza en junio del 2016, cuando el Ministerio de Educación (Minedu) aprobó el nuevo currículo escolar. Este sería el “documento marco de la política educativa” en los niveles inicial, primaria y secundaria (educación básica).
El documento contiene siete enfoques transversales, entre los cuales está el enfoque de igualdad de género. El entonces ministro Jaime Saavedra dijo que su inclusión buscaba que los alumnos “aprendan e interioricen” que los hombres y mujeres tienen los mismos derechos y oportunidades. Saavedra fue censurado por el Congreso en diciembre del 2016, aunque por otras circunstancias, y lo reemplazó Marilú Martens, quien tuvo a su cargo el inicio de la implementación del currículo desde el 1 de enero del 2017.
Días después de haberse iniciado su aplicación en las aulas, el colectivo Padres en Acción (PEA) presentó una demanda de acción popular contra el Minedu para que se elimine totalmente esta guía pedagógica. El argumento: el Estado “había vulnerado el derecho de los padres” a decidir sobre la educación sexual de sus hijos previsto en la Ley General de Educación.
Tras las críticas que se volvieron masivas con la aparición del movimiento Con mis Hijos no te Metas, que protestaba porque –según ellos– el enfoque de igualdad de género contenía conceptos de la denominada ideología de género, el Minedu oficializó en marzo del 2017 varios cambios en el currículo.
—El currículo en el banquillo—
En agosto del 2017, la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada –parcialmente– la demanda presentada por PEA y anuló un texto del enfoque de igualdad de género del currículo, que dice: “Si bien aquello que consideramos ‘femenino’ o ‘masculino’ se basa en una diferencia biológica sexual, estas son nociones que vamos construyendo día a día, en nuestras interacciones”.
La sala consideró que dicho texto debió ser elaborado en conjunto por el Minedu y los padres de familia. Como ello no ocurrió, se había vulnerado la Ley General de Educación. Ambas partes apelaron el fallo.
—Posiciones encontradas—
El Minedu solicitó que se revoque la sentencia porque la sala había expresado “su opinión subjetiva” sobre en qué consistía la participación de los padres en la formulación de las políticas educativas. La entidad siempre ha señalado que el currículo se consultó con más de 50 mil miembros de la comunidad educativa, incluidos expertos en pedagogía, profesores y padres de familia.
El colectivo PEA consideró que “la eliminación de solo dos líneas” no suprimía el enfoque de igualdad de género, por lo que solicitó la anulación total del currículo. Reiteró que este no había sido consultado con los padres. El caso se elevó a la Corte Suprema.
—Hacia una decisión final—
En noviembre del 2017, PEA solicitó a la Primera Sala Civil (corte que emitió la decisión de primera instancia) una medida cautelar para que el Minedu suspenda todo acto administrativo destinado a reproducir cualquier material educativo que contenga el texto anulado por dicho juzgado. Argumentaron que una demora en la resolución de la apelación por parte de la Corte Suprema significaría “que a los hijos se les siga educando bajo una visión y concepto de la sexualidad que va más allá de la concepción natural”.
El 6 de marzo último, la Corte Suprema dejó al voto las apelaciones y debería emitir su fallo en las próximas semanas.
El giro en el caso sucedió tres días después, el 9 de marzo pasado, cuando El Comercio informó que la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima otorgó la medida cautelar solicitada por el colectivo PEA y obliga al Minedu a suspender la eficacia del párrafo que dicha instancia ya había anulado (pero que aún estaba vigente mientras se tramitaban las apelaciones).
Esta medida tendrá efecto inmediato desde el día en que el sector Educación sea formalmente notificado por el PJ, hecho que al cierre de la nota no habría ocurrido, hasta la decisión final de la Corte Suprema.
Rodolfo Cotrina, vocero del colectivo, dijo que el Minedu “debería prepararse para retirar todo el material educativo que contenga dicho texto anulado”, además de detener cualquier capacitación a maestros sobre el enfoque de género. Esta semana, el Sistema de las Naciones Unidas en el Perú, el Sutep, el Consejo Nacional de Educación (CNE), la Defensoría del Pueblo y otras entidades han expresado su apoyo al enfoque de igualdad de género e invocaron al PJ a mantenerlo en el currículo a través de un fallo definitivo. El ministro Vexler indicó a El Comercio que espera que la Corte Suprema “respete la rectoría del Minedu” sobre la elaboración de contenidos en la guía.