Hace algunos días el Ministerio de Educación (Minedu) publicó las “Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018″, a través R. M. N° 657-2017-MINEDU, donde se establecen los mecanismos para la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de las acciones que garanticen el desarrollo óptimo del año escolar. Este documento es un medio para la articulación de los diferentes niveles de gobierno: Ministerio de Educación, direcciones regionales de educación (DRE) y las unidades de gestión educativa local (UGEL).
En Edugestores realizamos este reporte con los aspectos más destacados en la mencionada norma.
1. Se definen cinco compromisos de gestión escolar para el 2018:
- Progreso anual de los aprendizajes
- Retención anual de los estudiantes
- Cumplimiento de la calendarización planificada en la II.EE.
- Acompañamiento y monitoreo de la práctica pedagógica
- Gestión de la tutoría y orientación escolar
2. Se amplía la aplicación del Currículo Nacional 2015 a instituciones educativas focalizadas en educación inicial, multigrado, EIB y Básica Alternativa, además de las II.EE. polidocentes de educación primaria que ya lo estaban aplicando.
3. Se permite la flexibilización del calendario u horario escolar a cargo de la UGEL con visto bueno de la DRE, dando informe al Minedu.
4. Ser ratifica que la matrícula se realiza de acuerdo a la edad cronológica del estudiante cumplida al 31 de marzo.
5. Se ratifica que toda II.EE. pública o privada debe reservar dos (02) vacantes para la inclusión de estudiantes con discapacidad leve o moderada.
6. No se mencionan los momentos del año escolar: buen inicio de clases, día del logro y rendición de cuentas.
Toda la normativa que debe aplicarse en las II.EE se ubicada en la página web del Minedu.
Accede a las orientaciones en nuestro repositorio.