Se publicaron en las Normas Legales del diario El Peruano, las “Orientaciones para la Finalización del Año Escolar 2017, en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación Básica”. De acuerdo a la resolución ministerial del Ministerio de Educación, se dispone que la clausura del año escolar se realizará una vez culminadas las clases, según lo establecido en los planes de recuperación de horas efectivas de cada región.
En Edugestores realizamos un resumen de la norma:
1. La clausura del año escolar se realizará una vez culminadas las clases, conforme a los Planes de Recuperación de Horas Efectivas. Aquellas escuelas que culminen en diciembre, realizarán la clausura en la última semana del año, mientras que las que culminen en enero de 2018, la realizarán a partir de la quincena de ese mes.
2. En el acto de clausura, los directivos y docentes de la educación básica regular (EBR), teniendo como referencia las actas oficiales, entregarán a los padres de familia, tutores legales o apoderados el informe con los resultados de los logros de aprendizaje de los estudiantes generados por el SIAGIE. En el caso de las escuelas del nivel primaria polidocentes, focalizadas para implementar el Currículo Nacional en el 2017, usarán el Informe de Progreso del Estudiante actualizado por el SIAGIE. En los centros de educación básica alternativa (EBA) se entregarán a los estudiantes la Libreta de información EBA. En los CEBE y el PRITE, el plan de orientación individual deberá entregarse a los padres de familia, tutores legales o apoderados.
3. Concluidas las clases, se debe priorizar el ingreso en el SIAGIE de las notas correspondientes al alumnado del 5° grado de secundaria de la EBR; y del 4° grado de ciclo avanzado de EBA.
4. Las IE y programas deberán presentar a la UGEL el Informe de Gestión Escolar Anual 2017, en el plazo que esta establezca. El informe tendrá un máximo de cinco páginas y contendrá el reporte de cumplimiento de los Compromisos de Gestión Escolar.
5. Los directores, en el marco de sus competencias, son responsables de la dosificación de las tareas escolares, cuando corresponda, de manera que estas sean cortas, necesarias, útiles y de significación para los alumnos, contribuyendo a enriquecer sus aprendizajes. El fin pedagógico es el orientador de la asignación de las tareas escolares.
Accede a las orientaciones en este link.
Fuente: El Peruano, Minedu. Foto: Minedu.