Ayer el Ministerio de Educación publicó en su página web un comunicado que aclara algunos puntos sobre un tema que había despertado dudas tras la suspensión de la huelga magisterial. En Edugestores lo reproducimos:
El Ministerio de Educación (Minedu) informa al magisterio que las horas trabajadas por los docentes en cumplimiento del plan de recuperación de clases serán remuneradas, de acuerdo a lo establecido por el Decreto de Urgencia N.° 012-2017.
Los docentes que no cumplan el plan de recuperación de clases perdidas no recibirán dicha remuneración, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que señala que el pago solo corresponde como contraprestación por la labor efectivamente realizada.
Actualmente, las direcciones y gerencias regionales de educación vienen presentado al Minedu, en coordinación con los directores de las instituciones educativas, docentes y padres de familia, los planes de recuperación de clases a nivel regional.
Una vez que los profesores cumplan con el plan validado por el Minedu, recibirán el pago de su remuneración mensual y el reintegro por los días laborados en la recuperación de clases en el mes.
Sobre los descuentos en coyuntura de huelga. El Minedu informa que los descuentos en las remuneraciones realizados a los docentes en huelga se enmarcan en la Ley N.° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que establece que el pago de remuneraciones solo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado, y prohíbe el pago por días no laborados.
Los descuentos se han contabilizado por día, entre S/ 59 y S/ 103, de acuerdo a la escala magisterial de los docentes. El importe descontado por los días no laborados fue revertido al Tesoro Público en cumplimiento del Decreto de Urgencia N.° 012-2017.
Publicado en la página web del Minedu, el 11 de setiembre de 2017. Foto: Referencial.