El Gobierno emitió el decreto de urgencia 12- 2017, que establece medidas extraordinarias para la recuperación de clases en colegios públicos de educación básica, tras la huelga que acata un sector del gremio de maestros.
Según el decreto, publicado en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se aplicarán una serie de medidas que serán ejecutadas por el Gobierno Nacional y los gobiernos regionales.
¿Qué acciones señala este decreto?
Sobre el pago de remuneraciones y asignaciones temporales. Solo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado, estando prohibido el pago por horas y días no laborados, salvo disposición de ley expresa en contrario o por aplicación de licencia con goce de haber de acuerdo con la normatividad vigente. La omisión al cumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral genera responsabilidad civil, penal y/o administrativa conforme a ley.
Sobre el descuento de remuneraciones. El decreto indica que el director de la Unidad de Gestión Educativa Local o de la Dirección Regional de Educación aplica a través de la Oficina de Personal o la que haga sus veces en la instancia de gestión educativa descentralizada respectiva, el descuento de las remuneraciones por los días no laborados hasta la fecha de cierre de la Planilla Única de Pagos del mes que corresponda. La medida se ejecuta independientemente de las medidas disciplinarias a que hubiere lugar como consecuencia del abandono de cargo por parte del referido personal conforme con la ley. En el supuesto de que el gobierno regional no realice las acciones conducentes a efectivizar los descuentos respectivos, el Ministerio de Educación podrá solicitar las acciones previstas en la ley.
De la restitución del servicio educativo. La DRE, en coordinación con las UGEL, aprueba el Plan de Recuperación de Horas Efectivas y su implementación en los colegios de su jurisdicción en un plazo no mayor a 48 horas contados desde hoy. Para la implementación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas se autoriza a la DRE o la UGEL, en caso de requerirlo, a suscribir directamente contrato de servicio docente excepcional, dentro de los cinco días hábiles de aprobado el Plan de Recuperación de Horas Efectivas. Para ello se utilizará el cuadro de mérito del proceso de contratación docente del 2017, y solo en su defecto contratar bajo dicha modalidad a docentes o profesionales de otras disciplinas o personas con experiencia práctica en docencia. La duración de dichos contratos se encuentra supeditada a la culminación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas.
Participación de las Apafa. Los padres de familia, individualmente o a través de las asociaciones de padres de familia (Apafa), pueden solicitar a las instancias de gestión educativa descentralizadas del sector Educación, en ejercicio del derecho constitucional de participar en el proceso educativo de sus hijos, la información del cumplimiento de la presente norma legal, y realizar las acciones correspondientes ante los órganos competentes.
Destino de los descuentos. Los recursos del descuento por la inasistencia de los trabajadores se destinan al financiamiento del Plan de Recuperación de Horas Efectivas a cargo de los profesores contratados para tales fines, así como de los profesores nombrados y contratados que participaron de la huelga y que efectúen la recuperación efectiva de las horas de clases dejadas de laborar.
Continuidad del servicio. Se autoriza excepcionalmente al Minedu a contratar directamente servicios que sean estrictamente necesarios para garantizar la recuperación y continuidad del servicio educativo en favor de los estudiantes de Educación Básica afectados por las huelgas. Para dicho efecto, las contrataciones constituyen un supuesto de contratación directa por situación de emergencia.
Sobre los recursos educativos. Además, se autoriza al Minedu a adoptar las disposiciones que resulten pertinentes para transmitir a los estudiantes afectados por las huelgas los contenidos educativos calendarizados para el año escolar 2017. Para tal efecto se podrán emplear los recursos educativos que estime adecuados. Los recursos educativos utilizados y las disposiciones que dicte el Minedu para la evaluación de los aprendizajes alcanzados son de obligatoria observancia por parte de las instituciones educativas públicas de educación básica afectadas por las huelgas.
Difusión a través del IRTP. Se dispone que el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP) difunda gratuitamente, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, los contenidos educativos que le proporcione el Minedu.
Vigencia. Este decreto de urgencia tiene vigencia por el tiempo que duren las huelgas, el restablecimiento del servicio educativo, la culminación del Plan de Recuperación de Horas Efectivas o a más tardar hasta el 31 de marzo de 2018.
Acceda al decreto de urgencia aquí.
Con información de Andina. Foto: Andina.