Por Ricardo Cuenca
En el marco de una compleja huelga magisterial, Patricia del Río (y un gran grupo de personas con ella) propuso reemplazar a los docentes con profesionales voluntarios para enseñar en las escuelas, mientras dure la emergencia.
No estoy de acuerdo con la propuesta. Las huelgas se atienden, no se combaten. Esto no es una emergencia, sino la consecuencia de una debilidad institucional galopante del CEN-Sutep y la pérdida de liderazgo del Minedu en los temas docentes. Es, en suma, el resultado de pensar que la reforma docente estaba consolidad y que la fractura entre maestros, Estado y sociedad estaba totalmente soldada.
La propuesta de reemplazar a los docentes por profesionales de otras áreas es una idea que aparece en las discusiones sobre la profesión docente durante la década de los años setenta y retomada con la llamada crisis de la profesión docente de principios de los noventa. (Puede revisarse Fernández-Enguita, A la busca de un modelo profesional para la docencia: ¿liberal, burocrático o democrático? de 2001, Hargreaves, The new professionalism: The synthesis of profesional and institutional development de 1994, Ghilardi, Crisis y perspectivas de la profesión docente de 1992, Etzioni, The semi-professions and their organization de 1969).
Los argumentos principales para proponer la condición semiprofesional de la actividad docente son el limitado grado de autonomía para hacer el trabajo debido al contexto burocrático en el que se desempeñan (reminiscencias weberianas y el peso de los sistemas escolares como instituciones rígidas) y la vulnerabilidad de su especialización debido a un menor cuerpo de conocimientos especializados en relación a otras especialidades (reminiscencias funcionalistas y el peso de una hegemónica noción de calidad educativa). Bajo esta perspectiva, la docencia se ubica entre los polos de la organización del trabajo.
Esta discusión conceptual tuvo implicancias directas en las políticas docentes. De hecho, muchos países en la región (y otros varios en otros continentes) permiten que profesionales de otras especialidades ejerzan funciones docentes. En el Perú, esto era así hasta antes de la ley de reforma magisterial de 2012. (La ley 29510 de 2010 lo normó claramente).
Si bien existen programas específicos como Enseña Perú y sus versiones internacionales, estas propuestas no han tenido mayores impactos en el sistema educativo. Porcentajes mayores al 75% (en promedio) de los docentes en los sistemas educativos latinoamericanos tienen título pedagógico (pueden revisar una amplia literatura al respecto en la OREALC-Unesco y en la UIS-Unesco).
La protección de la profesión es un concepto viejo que consiste en que el Estado norma la ejecución de una profesión en el marco de un gremio. Así lo es para todas las profesiones. Permitir la incorporación de otros profesionales, aun de manera temporal, supone retirar esa protección y tiene consecuencias importantes en los viejos pactos de división del trabajo; que a su vez, podrían desorientar a las identidades de muchas otras profesiones. (Esto opine en 2010):
La aceptación del ejercicio docente como una profesión; es decir, como una actividad que requiere de una competencia específica que está regulada por agentes externos (y autorregulada por los propios profesionales) y que es reconocida como necesaria por la sociedad supone reconocer como cierta la sólida “máxima” Shulmaniana acerca de que la profesión docente se basa en el conocimiento pedagógico del contenido.
Mientras en el Perú, el Estado siga apostando por la protección de la profesión docente, así como por su desarrollo, su obligación será fortalecerla sobre la base de reformas. Lo que pueda hacer, probablemente bien un profesional de otra área es trasmitir conocimientos de calidad, pero no desarrollar competencias en los estudiantes que es la base de una educación de calidad.
Publicado en ricardocuenca.lamula.pe, 13 de agosto de 2017. Foto: PUCP.