No he visto protestas, manifestaciones, opiniones u otra actitud de políticos o especialistas en el tema, en respuesta al DS 017-2017-PCM publicado el 13 de febrero que deroga normas que orientan el proceso de Descentralización.
La referida norma deroga:
Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM que aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009” y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización. Norma clave que orienta procesos de coordinación, articulación, cooperación entre los tres niveles de gobierno, incorporando el enfoque territorial y por resultados, pensando en los ciudadanos y en el aterrizaje de las políticas publicas en lo local, mencionando la necesidad del proceso de costeo de los productos a entregar en miras a generar resultados que impacten en la calidad de vida de las personas en el territorio. Aspectos que la misma OCDE, que tanto les gusta mencionar, que “ya están cerca” los cuentan como requisitos. Pues éste, lo acaban de anular.
Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM que crea la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales. Desarrollar capacidades para la Gestión Descentralizada, para el ejercicio de rectoria desde el gobierno nacional, la articulación del territorio en lo regional y la entrega de servicios en lo local, capacidades para la coordinación, articulación, alineamiento a las políticas públicas nacionales en el marco de las funciones transferidas; pero además, capacidades institucionales e individuales para relacionarse con los ciudadanos y estos a su vez instalar y fortalecer capacidades para la participación, vigilancia y retroalimentación en el diseño e implementación de políticas públicas que generen legitimidad al ser valoradas en sus beneficios, esto es que generan valor público.
Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 001-2010-PCM-SD que reconoce a la Comisión Intergubernamental de la PCM encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos; es decir, en el marco de sus roles la PCM deberá trabajar con los tres niveles de gobierno el diseño de la gestión pública descentralizada para una mejor entrega de los servicios que les competen.
Por último, esta norma señala eliminar artículos del 57 al 62 del ROF aprobado con DS 063-2007-PCM que solo tiene 54 artículos!
Fuera de esto último, es muy preocupante la visión del actual gobierno en cuanto al proceso de descentralización. Eliminando estas normas claves que orientan el proceso, sólo quedan el Capitulo IV de la Constitución Política, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ley Orgánica de Municipalidades y podríamos decir el DS 027-2007-PCM con las Políticas de Obligatorio Cumplimiento.
La Política de Modernización de la Gestión Publica, que tiene entre sus principios la articulación intergubernamental e intersectorial, señala como objetivos específicos, entre otros:
– Redefinir a nivel nacional, regional y local, las competencias y funciones de las entidades en concordancia con el proceso de descentralización.
– Promover la descentralización de las funciones, responsabilidades, capacidades y recursos de las entidades publicas en los tres niveles de gobierno a fin de prestar de manera eficaz, eficiente y transparente los bienes y servicios públicos que los ciudadanos demandan.
La cadena de valor para este marco no puede ser diseñada sin una gestión descentralizada, con la participación de los tres niveles de gobierno de manera consensuada en espacios como las Comisiones Intergubernamentales. Los GORES ni remotamente vienen tocando estos temas, no llega a ser el Consejo de Coordinación Intergubernamental señalado en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, como un espacio de diálogo y concertación de políticas nacionales que conciernen a los tres niveles de gobierno y esta, es otra recomendación de la OCDE, implementar el CCI. Espacio que junto con las Comisiones Intergubernamentales son señalados como mecanismos de coordinación vertical en la LOPE.
No hay manifestación alguna de espacios como la ANGR, AMPE, REMURPE, MUNIRED, Mancomunidades y otros mecanismos de coordinación horizontal respecto a la derogación de las normas señaladas.
De igual modo, la Comisión de Descentralización del Congreso de la República, tiene opinión clave en la fiscalización al proceso por parte del Ejecutivo.
Qué mecanismos alternativos están diseñando respecto a estas normas? Cuál será la estrategia? Cuáles serán los espacios? Después de 8 meses, es hora que este gobierno dé señales de orientación desde su rectoria en la Secretaria de Descentralización. Esperemos no sean ciertas las voces que señalan la eliminación de esta Secretaria y convertirla en una actividad de “coordinación”….De qué? Del Ex SNIP? De trámite administrativo?
Seguimos atentos. No se puede retroceder el proceso de Descentralización.