Según la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, art. 4 “El profesor es un profesional de la educación, con calificaciones y competencias debidamente certificadas que, en su calidad de agente fundamental del proceso educativo, presta un servicio público esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad a una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia. Coadyuva con la familia, la comunidad y el Estado, a la formación integral del educando, razón de ser de su ejercicio profesional”.
Bajo esta premisa, ¿Cómo garantizar que ello efectivamente esté ocurriendo en la práctica pedagógica? Uno de los procesos que permite evidenciar las fortalezas, limitaciones o brechas de la labor docente constituye la evaluación del desempeño. Por ello, en la referida Ley se precisa que, “la evaluación de desempeño tiene como finalidad comprobar el grado de desarrollo de las competencias y desempeños profesionales del profesor en el aula, la institución educativa y la comunidad”.
A consideraciones de estos lineamientos, el Minedu implementará este año la evaluación del desempeño del profesorado del nivel inicial, y en los siguientes años a los otros niveles. Esta evaluación prevé que se utilizarán diferentes técnicas, como: observaciones, encuestas a padres y madres de familia, evidencias, …
En este contexto, es fundamental que la comunidad educativa y los demás actores “evaluadores” conozcan los procedimientos, criterios e indicadores de dicha evaluación a fin de garantizar la confiabilidad y objetivad de los procesos.
Fuente: Diario El Correo