La Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 se publicó el viernes 2 de diciembre de 2016 y llega a 142 471 millones 518 545 soles, que se diferencia al del presente año 2016 en 3 981 millones 7 301 soles más (4,7% más al establecido para el presente año 2016).
El presupuesto asignado a educación en el 2014 fue de S/18,227’647,837; en el 2015, S/22,353’201,457 y en el 2016, S/24,960’262,263. Para el próximo año 2017 esta ley destina para el sector educación recursos que ascienden a S/. 26 181 063 959, representando el 18% del presupuesto total, este monto en educación es 5.2% mayor respecto al del presente año 2016, el cual se orienta principalmente a cuatro líneas de acción:
1º) Fortalecimiento de la capacidad docente
En el artículo 31 indica que se incrementará la remuneración de los docentes nombrados y contratados de Educación Básica y Técnico Productivo, así como de los Docentes Ordinarios de las universidades públicas; también se incrementará la asignación temporal por desempeño de cargo directivo de Educación Básica y Técnico Productivo.
En su artículo 26 inc. c) indica que se financia las encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o especialistas, los cuales seguirán haciéndose considerando el régimen laboral de procedencia del profesor: Ley Nº 24029 (Ley del Profesorado) y la Ley Nº 29062 (Ley de la Carrera Pública Magisterial) de acuerdo al segundo párrafo de la décima cuarta disposición transitoria y final de la ley de Reforma Magisterial, cuya vigencia fue prorrogado por sucesivas leyes de presupuesto de los años 2014, 2015 y 2016, el cual nuevamente será prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2017.
En el artículo 27.1 inc. m) establece que se implementará las evaluaciones o concursos previstos en la Ley de Reforma Magisterial, cabe indicar que la exposición de motivos del Proyecto de esta Ley señala que en esta línea de acción se incluye el ascenso de 30 mil 200 docentes de la primera a la segunda escala de la Ley de Reforma Magisterial; al respecto en la trigésima quinta disposición complementaria final autoriza al MINEDU suscribir un convenio con el INEI para implementar las evaluaciones establecidas en la Ley de Reforma Magisterial y las evaluaciones de logros de aprendizajes, hasta por un monto de S/. 185 000 000,00 (CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), asimismo en la única disposición complementaria modificatoria autoriza al MINEDU para aprobar transferencias financieras a favor de la UNESCO y celebrar convenios de asistencia técnica para programas de formación y capacitación docente así como para evaluaciones docentes.
2º) Mejora de la calidad de los aprendizajes
En el art. 27.1 inc. i) se autoriza al MINEDU a hacer modificaciones a favor de los gobiernos regionales para fortalecer acciones de los programas de Logro de Aprendizaje en educación básica regular y para incrementar el acceso de la población de 3 a 16 años a la educación, además de la inclusión de niños y jóvenes con discapacidad a la educación básica. Se continuará con el Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, para otorgar bonos en función del desempeño mostrado por las instituciones educativas de primaria y secundaria en el año 2016 (art. 26.1 inc. j). La exposición de motivos de esta Ley indica que este presupuesto se financia con 120 millones del tesoro público.
3º) Consolidación de la educación superior
El artículo 29 autoriza al MINEDU a financiar hasta por un monto de S/. 240 000 000,00 (DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) para el diseño e implementación de mecanismos y herramientas técnicas que incentiven y/o fomenten la mejora de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo que brindan las universidades públicas. El proyecto de esta ley de presupuesto 2017 menciona además que a través del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo se destinará S/. 937 millones con el fin de financiar aproximadamente 40 mil becas de pregrado, 377 de post grado, 14 400 becas especiales y 2 500 becas de capital humano.
4º) Reducción de las brechas de infraestructura escolar
En el artículo 28.1 se autoriza al MINEDU a financiar hasta por S/. 369 701 121,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS Y UN MIL CIENTO VEINTIUNO Y 00/100 SOLES) el programa de mantenimiento de locales escolares y la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico, para primaria y secundaria.
Otro aspecto no específico del sector educación, pero que si le corresponde, son que los establecidos en el art. 7.1 referente a los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, que se incluyen en la planilla de pagos correspondiente a julio y diciembre, respectivamente, ascienden cada uno hasta la suma de S/. 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES) y la bonificación por escolaridad, que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a enero, asciende hasta la suma de S/ 400,00 (CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES). Cabe aclarar que estos aguinaldos están congelados desde el año 2010 y antes desde el año 1999 al 2009 (15 años) los aguinaldos eran de S/. 200 y S/. 300; si se sigue en esta línea entonces faltarían 7 años, es decir hasta el año 2 024, para que estos aguinaldos de 300 y 400 soles sigan congelados.
La QUINCUAGÉSIMA NOVENA disposición complementaria final dispone la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales a fin de que apruebe un listado complementario cuyos montos por beneficiario no superen la suma de S/ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), Para tal efecto, los titulares de las entidades del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales deben remitir al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la información de los referidos comités, asimismo el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a realizar transferencias financieras hasta por la suma de S/ 180 000 000,00 (CIENTO OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) para el financiamiento de dichas deudas, OCHENTA MILLONES más de lo propuesto por el ejecutivo en el proyecto de ley de presupuesto 2017.
Por otro lado si bien es cierto que el presupuesto para el próximo año 2017 será de 26 181 millones 63 mil 959 soles para educación, este se incrementará en 1 368 millones respecto al del presente año 2016 que ya finaliza, lo que representa un incremento de 5,2%, esperamos que una parte significativa se destine al aumento de la remuneración de los profesores, ya que 2 000 soles para el año 2018, no tendrá el mismo valor adquisitivo que tiene actualmente.
Por último en la exposición de motivos del proyecto de Ley de Presupuesto para el año 2017 indica que se prevé S/. 1 218 millones ADICIONALES al 2016 que se destinará para otorgar un incremento en la remuneración de más de 90 mil docentes nombrados, la homologación de 4 900 docentes contratados de Institutos y Escuelas de Educación Superior con el docente de segunda escala, ascenso de 30 200 docentes de la primera a la segunda escala magisterial, nivelación de 80 mil docentes contratados con la remuneración del docente de la primera escala y el incremento de la remuneración de 24 mil auxiliares de educación, esperemos que este presupuesto adicional para incremento de remuneraciones sea suficiente para cubrir muchas de las expectativas de los docentes y auxiliares de educación. Este es un análisis y/o comentario, salvo mejor opinión.